Se comunica a todos los alumnos solicitantes de adaptación de plan de estudios de Grado lo siguiente:
- Según acuerdo de Gerencia de fecha 23 de febrero de 2011, no se aplicará el art. 2.5 del Decreto 329/2010, de 13 de julio, en el que se establece que en los reconocimientos de créditos resultantes en los procesos de adaptación de estudios se debiera abonar el 30% de los precios públicos. Por tanto, los citados alumnos estarán exentos del abono de dichos precios públicos.
- Según escrito de Gerencia de fecha 16 de marzo de 2011, los citados alumnos están obligados al abono de las tasas en concepto de “Apertura de Expediente” y estarán exentos del abono del traslado de expediente en la titulación de origen.

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