Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática

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Documentación a aportar Automatrícula Curso 2011-2012

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ESTUDIANTES QUE CONTINÚAN ESTUDIOS

Los documentos se deberán presentar o remitir al Centro, incluidos necesariamente en un sobre, en el plazo de 10 días hábiles posteriores al día en el que ha efectuado la automatrícula.

La documentación podrá presentarse del siguiente modo:

  • Original y fotocopia para su cotejo, en caso de aportar los documentos personalmente en la Secretaría del Centro.
  • Fotocopia compulsada en caso de que los documentos sean remitidos por correo certificado a la Secretaría del Centro.
  • Fotocopia compulsada, en el caso de que el sobre sea depositado en los buzones habilitados al efecto por el Centro.

Documentación a presentar:

  1. Un ejemplar del impreso de solicitud de formalización de la automatrícula, firmado por el estudiante y por el titular de la cuenta.
  2. En su caso, solicitud de convalidaciones/reconocimiento de créditos y documentación requerida en cada caso.
  3. Documentación acreditativa de exención de precios públicos, si procede:
    • Solicitante beca del Ministerio de Educación: Fotocopia del justificante de haber presentado la solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio.
    • Becarios F.P.I. y de formación personal universitario del Ministerio de Educación, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y becarios del plan propio de la Universidad de Sevilla: Copia compulsada de la credencial de la correspondiente beca. Los estudiantes que estén pendientes de resolución deberán entregar una copia de de la solicitud.
    • Familia Numerosa: Título Familia Numerosa en vigor o carné y resolución en la que conste el número de miembros. Para los estudiantes de la Comunidad Autónoma Andaluza bastará el título en vigor o el carné.
    • Matrícula de Honor C.O.U./LOGSE: Página del Libro Escolar donde conste la Matrícula de Honor.
    • Ayuda Acción Social: Ver normativa específica de Acción Social (sólo personal vinculado a esta Universidad)
    • Discapacidad: Certificación expedida por el órgano competente.
    • Víctima de terrorismo: Resolución judicial o administrativa.