- Requisitos generales de acceso

Con carácter general, para acceder al programa de doctorado regulado por el R.D. 99/2011 será necesario, según lo dispuesto en su artículo 6:

  • Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

Asimismo, podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el acceso a Máster y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS, de los que al menos 60 deben de ser de nivel de Máster. Más información: Resolución rectoral por la que se establecen equivalencias de créditos y valoración de nivel de máster.
  • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado/a, de al menos 300 ECTS y cursar complementos de formación, salvo que el plan de estudios cursado incluyera créditos de formación en investigación equivalentes a los de Máster.
  • Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación en el programa.
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará la homologación del título previo ni su reconocimiento a otros efectos.
  • Estar en posesión de otro título español de Doctor.
  • Ser estudiante de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias previa admisión de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el RD 99/2011 y en la normativa de la propia universidad.

Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 778/1998 o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el R.D. 185/1985

Requisitos específicos de admisión al programa

Además de los requisitos generales expuestos anteriormente, la Comisión Académica del programa de doctorado en Ingeniería Informática establece los siguientes requisitos específicos de admisión al mismo.

  • Especificar los requisitos específicos que establece el programa de doctorado de Ingeniería Informática para acceder al mismo.