Plan en extinción, no admite matrícula
El presente Plan de Estudios que conduce a la obtención del título de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, se ha desarrollado siguiendo tanto las Directrices Generales (R.D. 1497/87), como las Directrices Generales Propias del título de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas (Res. 309/1990 de 9 de enero).
Todos los nuevos planes de estudios comparten un conjunto de características comunes definidos en las directrices generales. Entre ellas, podemos destacar:
- Contabilizan la carga lectiva en créditos (1 crédito equivale a 10 horas de clase). Comparándolo con el sistema tradicional, 3 créditos de una asignatura cuatrimestral corresponde a 2 horas de clase a la semana.
- Contienen 3 tipos de materias:
- Troncales (tr): Vienen definidas en las directrices generales propias de cada plan y son de obligada inclusión en todos los planes de estudios conducentes al mismo título Universitario. Evidentemente, son obligatorias para el alumno.
- Obligatorias de Universidad (ob): Refuerzan los contenidos básicos de la carrera. Son incluidas por cada Universidad, atendiendo a criterios particulares del entorno (demanda social, áreas de interés docente e investigador, etc.).
- Optativas (op): Además de las anteriores, los planes de estudios incluyen asignaturas de carácter optativo correspondiente a materias de especialización de los estudios. Son también definidas por la propia Universidad.
- Libre Configuración (lc): Todos los planes de estudios deben contemplar la posibilidad de cursar al menos un 10% de la carga lectiva total en materias libremente elegidas por el alumno de entre todas las asignaturas de la Universidad así como de actividades que tengan reconocidas la equivalencia como libre configuración.