Acceso, Admisión de Estudiantes y Reconocimiento de Créditos

Perfil de ingreso

El perfil personal ideal para cursar esta titulación es el de una persona inquieta, curiosa, con predisposición para el trabajo en equipo y muy motivada por las tecnologías informáticas, que se encuentre en posesión del título de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o el de Diplomado en Informática de Gestión.

Admisión de estudiantes

El procedimiento de acceso al curso estará coordinado y centralizado a través del Distrito Único Andaluz (DUA), que ha establecido el correspondiente baremo para la admisión al mismo, y que será gestionado a través de la aplicación telemática disponible en:

https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/?q=icc.

Actualmente el Acuerdo de 6 de febrero de 2013 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, BOJA número 42 de 1 de marzo 2013, es el que establece el procedimiento de ingreso en los itinerarios curriculares concretos para quienes teniendo un título de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Diplomado o Maestro pretendan obtener el correspondiente título de Grado.

En consonancia con lo establecido en este acuerdo, se establecerán los siguientes criterios de prelación en la adjudicación de las plazas ofertadas:

  • Serán atendidas en primer lugar, las solicitudes de acceso de quienes acrediten el dominio de una lengua extranjera equivalente, al menos, al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) de las que se contemplan en el Anexo II del convenio de colaboración entre las universidades Públicas de Andalucía para la acreditación de lenguas extranjeras.
  • En segundo lugar se atenderán las solicitudes de quienes no lo acrediten.
  • Una vez agrupadas las solicitudes conforme a los criterios señalados en el párrafo anterior, y dentro de cada grupo, se ordenarán en función de la nota media del expediente académico.

El procedimiento de preinscripción, matriculación y reconocimiento de créditos queda resumido en los siguientes pasos:

  • Los solicitantes se preinscribirán en el curso de adaptación en el DUA quien, una vez aplicado el baremo correspondiente, hará pública una lista de admitidos.
  • Los estudiantes admitidos se matricularán del curso de adaptación en la Universidad de Sevilla, pudiendo solicitar reconocimiento de créditos por enseñanzas oficiales, enseñanzas no oficiales, o actividad laboral y/o profesional de acuerdo con los criterios y procedimiento previstos en la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Sevilla (véase el apartado correspondiente a los Sistemas de Transferencia y Reconocimiento de Créditos).
  • En el caso en el que el reconocimiento sea igual a los 36 ECTS correspondientes a todas las materias del curso de adaptación, excepto el Trabajo Fin de Grado, el estudiante sólo tendrá que realizar éste último.
  • Los estudiantes que accedan al curso de adaptación únicamente tendrán que acreditar las competencias asociadas a las materias propias del mencionado curso, ya sea mediante alguno de los procedimientos de reconocimiento de créditos previstos en la normativa de la Universidad de Sevilla o superando las evaluaciones correspondientes, el resto de las competencias del título de Grado se considerarán acreditadas y las materias correspondientes superadas en razón del título que da acceso al citado curso de adaptación, sin necesidad de ningún procedimiento de reconocimiento de créditos adicional.

Transferencia y reconocimiento de créditos

El curso de adaptación propuesto queda completamente supeditado al Acuerdo 4.3/CG 22-11-11 de la Universidad de Sevilla [1], que tiene en cuenta lo estipulado en el artículo 6 del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio (BOE de 3 de julio de 2010), por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en relación al reconocimiento de créditos por experiencia profesional.

[1] Acuerdo 4.3/CG 22-11-11, por el que se aprueba la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos. Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla número 7, de 2 de diciembre de 2011. Disponible en la dirección web https://www.us.es/sites/default/files/secretaria-general/bous/files/2011_07_01_Acuerdo4.3.pdf.

Plan de Estudios

Se han de completar 48 créditos ECTS, distribuidos en 36 créditos ECTS correspondientes a asignaturas, más 12 créditos correspondientes a un Trabajo Fin de Grado. Las asignaturas son las siguientes:

  • Inteligencia Artificial (6 ECTS)
  • Planificación y Gestión de Proyectos Informáticos (6 ECTS)
  • Arquitectura de Computadores (6 ECTS)
  • Proceso Software y Gestión I (6 ECTS)
  • Proceso Software y Gestión II (6 ECTS)
  • Ingeniería del Software y Práctica Profesional (6 ECTS)

Competencias

Las competencias desarrolladas en este curso están en consonancia con los acuerdos de fecha 6 de setiembre de 2012 tomado por la Conferencia de Directores y Decanos de Ingeniería Informática de Andalucía (CODDIIA), ratificados por la Comisión de Títulos del Ámbito de la Ingeniería Informática el pasado 14 de febrero de 2013.

En el caso concreto de la Universidad de Sevilla y de este curso de adaptación, se trata de las siguientes competencias (conservando los códigos originales que aparecen en la Memoria de Verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software):

Comunes a la Ingeniería Informática
E19 Conocimiento y aplicación de las herramientas necesarias para el almacenamiento, procesamiento y acceso a los Sistemas de información, incluidos los basados en la Web.
E20 Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de la programación paralela, concurrente, distribuida y de tiempo real.
E21 Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de los sistemas inteligentes y su aplicación práctica.
E24 Conocimiento de la normativa y la regulación de la informática en los ámbitos nacional, europeo e internacional.
Tecnología Específica: Ingeniería del Software
E27 Capacidad de dar solución a problemas de integración en función de las estrategias, estándares y tecnologías disponibles.
E29 Capacidad de identificar, evaluar y gestionar los riesgos potenciales asociados que pudieran presentarse.
E30 Capacidad para diseñar soluciones apropiadas en uno o más dominios de aplicación utilizando métodos de la ingeniería del software que integren aspectos éticos, sociales, legales y económicos.

 

Justificación

Motivación

Hasta hace relativamente poco tiempo, un sistema informático se solía ver como un artefacto cuyo desarrollo podía ser abordado por casi cualquier persona debidamente formada en disciplinas tales como Física, Matemáticas, Telecomunicaciones o la Ingeniería Industrial. No obstante, la complejidad cada vez mayor de los problemas a resolver, la constante aparición de nuevas y cada vez más sofisticadas metodologías, técnicas y herramientas de desarrollo, junto con la imperiosa necesidad de aumentar la productividad, no hace sino constatar la urgente necesidad de contar con un perfil de ingeniero específico para el desarrollo de software.

En las sociedades más avanzadas tecnológicamente, y avalados por las asociaciones profesionales IEEE, ACM y AIS, existen desde hace varios años planes de estudio para este nuevo perfil de ingeniero conocido como Ingeniero del Software [1], contando incluso con un cuerpo de conocimiento propio y bien definido [2] que les otorga un papel fundamental en el desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

En este sentido, la Resolución de 8 de junio de 2009 de la Secretaría General de Universidades, BOE número 187, de 4 de agosto de 2009, reconoce tanto la profesión de Ingeniero Técnico en Informática como unas competencias de tecnología específica mínimas requeridas en relación con la Ingeniería del Software. Esto significa que los futuros egresados del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software estarán habilitados para el desarrollo de una profesión reconocida, mientras que los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Gestión o los Diplomados en Informática de Sistemas no lo estarán.

La Conferencia de Directores y Decanos de Ingeniería Informática de Andalucía (CODDIIA), ha tenido varias reuniones al objeto de analizar la conveniencia de poner en marcha un curso de adaptación como el propuesto en esta memoria. En su reunión del pasado 6 de setiembre de 2012, cuyos acuerdos fueron ratificados por la Comisión de Títulos del Ámbito de la Ingeniería Informática que tuvo lugar el pasado 14 de febrero de 2013, se llegó a la conclusión de que este curso de adaptación es conveniente en tanto en cuanto ofrece a un colectivo bastante amplio de profesionales de la Ingeniería Informática la oportunidad de obtener un título que les conduce a la profesión de Ingeniero Técnico en Informática. Asimismo, se llegó a varios acuerdos en relación a la estructura del curso y a las competencias a desarrollar en el mismo.

Por todo lo expuesto anteriormente, es evidente que de no ponerse en marcha este curso de adaptación, estaríamos dificultando a todos los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Gestión o Diplomados en Informática de Gestión el acceso a una profesión, que ejercen en la práctica, pero no podrían tener reconocida al carecer de la titulación pertinente.

[1] Computing Curricula. ACM, AIS, IEEE-CS. 2005.

[2] Guide to the Software Engineering Body of Knowledge. IEEE. 2004.

Resumen de los acuerdos de la CODDIA

  • El curso de adaptación tendrá 48 ECTS distribuidos de la siguiente forma: 18 ECTS corresponderán a competencias comunes a la rama de Informática, 18 ECTS corresponderán a tecnologías específicas y 12 ECTS a un trabajo fin de grado.
  • Las competencias de la rama de Informática no cubiertas por las titulaciones de Ingeniería Técnica en Informática de Gestión y susceptibles de ser cubiertas en el curso de adaptación son las siguientes (Se mantiene el código original en la memoria de verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software):
    • E19: Conocimiento y aplicación de las herramientas necesarias para el almacenamiento, procesamiento y acceso a los Sistemas de información, incluidos los basados en web.
    • E20: Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de la programación paralela, concurrente, distribuida y de tiempo real.
    • E21: Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de los sistemas inteligentes y su aplicación práctica.
    • E24: Conocimiento de la normativa y la regulación de la informática en los ámbitos nacional, europeo e internacional.
  • Que las competencias de tecnología específica no cubiertas por las titulaciones de Ingeniería Técnica en Informática de Gestión y susceptibles de ser cubiertas en el curso de adaptación son las siguientes (Se mantiene el código original en la memoria de verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software):
    • E27: Capacidad de dar solución a problemas de integración en función de las estrategias, estándares y tecnologías disponibles.
    • E29: Capacidad de identificar, evaluar y gestionar los riesgos potenciales asociados que pudieran presentarse.
    • E30: Capacidad para diseñar soluciones apropiadas en uno o más dominios de aplicación utilizando métodos de la ingeniería del software que integren aspectos éticos, sociales, legales y económicos.
  • Las competencias acordadas suponen un máximo, no un mínimo. Esto significa que del análisis realizado se concluye que este es el conjunto de todas las competencias que como máximo le puede faltar por desarrollar a un estudiante en cualquiera de las universidades andaluzas. Cada una debe elegir dentro de este máximo aquellas competencias que se deben desarrollar en los cursos de adaptación en función a las características concretas de sus planes de estudio particulares.

Curso de Adaptación al Grado de Ingeniería Informática - Ingeniería del Software

Este Curso de Adaptación permite a los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Gestión y a los Diplomados en Informática de Gestión obtener el título de Graduado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software.

Obtención del Título

Para obtener el título de Grado es necesaria la superación de todas las materias del curso de adaptación, incluyendo el Trabajo Fin de Grado y la acreditación de un nivel B1 del MCERL en una lengua extranjera de acuerdo con alguno de los procedimientos regulados por la Universidad de Sevilla.

A efectos de que conste en los correspondientes expedientes, la Universidad de Sevilla incorporará de oficio y gratuitamente para los estudiantes el reconocimiento de los créditos restantes hasta alcanzar los 240 ECTS del título del correspondiente Grado en Ingeniería Informática, en razón del título de Diplomado o Ingeniero Técnico que ha posibilitado el acceso al curso de adaptación.

Plan de Estudios

Se han de completar 48 créditos ECTS, distribuidos en 36 créditos ECTS correspondientes a asignaturas, más 12 créditos correspondientes a un Trabajo Fin de Grado. Las asignaturas son las siguientes:

  • Introducción a la Ingeniería del Software y los Sistemas de Información I (6 ECTS)
  • Inteligencia Artificial (6 ECTS)
  • Sistemas Paralelos y Distribuidos (6 ECTS)
  • Software de Sistemas (6 ECTS)
  • Sistemas Empotrados y de Tiempo Real II (6 ECTS)
  • Planificación y Gestión de Proyectos Informáticos (6 ECTS)

Competencias

Las competencias desarrolladas en este curso están en consonancia con los acuerdos de fecha 6 de setiembre de 2012 tomado por la Conferencia de Directores y Decanos de Ingeniería Informática de Andalucía (CODDIIA), ratificados por la Comisión de Títulos del Ámbito de la Ingeniería Informática el pasado 14 de febrero de 2013.

En el caso concreto de la Universidad de Sevilla y de este curso de adaptación, se trata de las siguientes competencias (conservando los códigos originales que aparecen en la Memoria de Verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores):

Comunes a la Ingeniería Informática
E19 Conocimiento y aplicación de las herramientas necesarias para el almacenamiento, procesamiento y acceso a los Sistemas de información, incluidos los basados en la Web.
E20 Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de la programación paralela, concurrente, distribuida y de tiempo real.
E21 Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de los sistemas inteligentes y su aplicación práctica.
E24 Conocimiento de la normativa y la regulación de la informática en los ámbitos nacional, europeo e internacional.
Tecnología Específica: Ingeniería de Computadores
E26 Capacidad de desarrollar procesadores específicos y sistemas empotrados, así como desarrollar y optimizar el software de dichos sistemas.
E27 Capacidad de analizar y evaluar arquitecturas de computadores, incluyendo plataformas paralelas y distribuidas, así como desarrollar y optimizar software de para las mismas.
E29 Capacidad de analizar, evaluar y seleccionar las plataformas hardware y software más adecuadas para el soporte de aplicaciones empotradas y de tiempo real.
E30 Capacidad para comprender, aplicar y gestionar la garantía y seguridad de los sistemas informáticos.

Acceso, Admisión de Estudiantes y Reconocimiento de Créditos

Perfil de ingreso

El perfil personal ideal para cursar esta titulación es el de una persona inquieta, curiosa, con predisposición para el trabajo en equipo y muy motivada por las tecnologías informáticas, que se encuentre en posesión del título de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas o el de Diplomado en Informática de Sistemas.

Admisión de estudiantes

El procedimiento de acceso al curso estará coordinado y centralizado a través del Distrito Único Andaluz (DUA), que ha establecido el correspondiente baremo para la admisión al mismo, y que será gestionado a través de la aplicación telemática disponible en:

https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/?q=icc

Actualmente el Acuerdo de 6 de febrero de 2013 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, BOJA número 42 de 1 de marzo 2013, es el que establece el procedimiento de ingreso en los itinerarios curriculares concretos para quienes teniendo un título de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Diplomado o Maestro pretendan obtener el correspondiente título de Grado.

En consonancia con lo establecido en este acuerdo, se establecerán los siguientes criterios de prelación en la adjudicación de las plazas ofertadas:

  • Serán atendidas en primer lugar, las solicitudes de acceso de quienes acrediten el dominio de una lengua extranjera equivalente, al menos, al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) de las que se contemplan en el Anexo II del convenio de colaboración entre las universidades Públicas de Andalucía para la acreditación de lenguas extranjeras.
  • En segundo lugar se atenderán las solicitudes de quienes no lo acrediten.
  • Una vez agrupadas las solicitudes conforme a los criterios señalados en el párrafo anterior, y dentro de cada grupo, se ordenarán en función de la nota media del expediente académico.

El procedimiento de preinscripción, matriculación y reconocimiento de créditos queda resumido en los siguientes pasos:

  • Los solicitantes se preinscribirán en el curso de adaptación en el DUA quien, una vez aplicado el baremo correspondiente, hará pública una lista de admitidos.
  • Los estudiantes admitidos se matricularán del curso de adaptación en la Universidad de Sevilla, pudiendo solicitar reconocimiento de créditos por enseñanzas oficiales, enseñanzas no oficiales, o actividad laboral y/o profesional de acuerdo con los criterios y procedimiento previstos en la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Sevilla (véase el apartado correspondiente a los Sistemas de Transferencia y Reconocimiento de Créditos).
  • En el caso en el que el reconocimiento sea igual a los 36 ECTS correspondientes a todas las materias del curso de adaptación, excepto el Trabajo Fin de Grado, el estudiante sólo tendrá que realizar éste último.
  • Los estudiantes que accedan al curso de adaptación únicamente tendrán que acreditar las competencias asociadas a las materias propias del mencionado curso, ya sea mediante alguno de los procedimientos de reconocimiento de créditos previstos en la normativa de la Universidad de Sevilla o superando las evaluaciones correspondientes, el resto de las competencias del título de Grado se considerarán acreditadas y las materias correspondientes superadas en razón del título que da acceso al citado curso de adaptación, sin necesidad de ningún procedimiento de reconocimiento de créditos adicional.

Transferencia y reconocimiento de créditos

El curso de adaptación propuesto queda completamente supeditado al Acuerdo 4.3/CG 22-11-11 de la Universidad de Sevilla [1], que tiene en cuenta lo estipulado en el artículo 6 del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio (BOE de 3 de julio de 2010), por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en relación al reconocimiento de créditos por experiencia profesional.

[1] Acuerdo 4.3/CG 22-11-11, por el que se aprueba la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos. Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla número 7, de 2 de diciembre de 2011. Disponible en la dirección web https://www.us.es/sites/default/files/secretaria-general/bous/files/2011_07_01_Acuerdo4.3.pdf.

Justificación

Motivación

Hasta hace relativamente poco tiempo, un sistema informático se solía ver como un artefacto cuyo desarrollo podía ser abordado por casi cualquier persona debidamente formada en disciplinas tales como Física, Matemáticas, Telecomunicaciones o la Ingeniería Industrial. No obstante, la complejidad cada vez mayor de los problemas a resolver; la constante aparición de nuevas y cada vez más sofisticadas metodologías, técnicas y herramientas de desarrollo, junto con un notable avance en la complejidad y posibilidades de los computadores, no hace sino constatar la urgente necesidad de un perfil de ingeniero especializado en computadores. Este perfil está avalado por las asociaciones profesionales IEEE, ACM y AIS, que de forma conjunta han definido un currículo específico para los mismos [1].

En este sentido, la Resolución de 8 de junio de 2009 de la Secretaría General de Universidades, BOE número 187, de 4 de agosto de 2009, reconoce tanto la profesión de Ingeniero Técnico en Informática como unas competencias de tecnología específica mínimas requeridas en relación a la Ingeniería de Computadores. Esto significa que los futuros egresados del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores estarán habilitados para el desarrollo de una profesión reconocida, mientras que los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas o en la Diplomatura en Informática de Sistemas no lo estarán.

La Conferencia de Directores y Decanos de Ingeniería Informática de Andalucía (CODDIIA), ha tenido varias reuniones al objeto de analizar la conveniencia de poner en marcha un curso de adaptación como el propuesto en este memoria. En su reunión del pasado 6 de septiembre de 2012, cuyos acuerdos fueron ratificados por la Comisión de Títulos del Ámbito de la Ingeniería Informática el pasado 14 de febrero de 2013, se llegó a la conclusión de que este curso de adaptación es conveniente en tanto en cuanto ofrece a un colectivo bastante amplio de profesionales en Ingeniería Informática la oportunidad de obtener un título que les conduce a la profesión de Ingeniero Técnico en Informática. Asimismo, se llegaron a cuerdos en relación a la estructura del curso y a las competencias a desarrollar en el mismo.

Por todo lo expuesto anteriormente, es evidente que de no ponerse en marcha este curso de adaptación, estaríamos dificultando a todos los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas o Diplomados en Informática de Sistemas el acceso a una profesión, que ejercen en la práctica, pero no podrían tener reconocida al carecer de la titulación pertinente.

[1] Computing Curricula. ACM, AIS, IEEE-CS. 2005.

Resumen de los acuerdos de la CODDIA

  • El curso de adaptación tendrá 48 ECTS distribuidos de la siguiente forma: 18 ECTS corresponderán a competencias comunes a la rama de Informática, 18 ECTS corresponderán a tecnologías específicas y 12 ECTS a un trabajo fin de grado.
  • Las competencias de la rama de Informática no cubiertas por las titulaciones de Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas y susceptibles de ser cubiertas en el curso de adaptación son las siguientes (Se mantiene el código original en la memoria de verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores):
    • E19: Conocimiento y aplicación de las herramientas necesarias para el almacenamiento, procesamiento y acceso a los Sistemas de información, incluidos los basados en web.
    • E20: Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de la programación paralela, concurrente, distribuida y de tiempo real.
    • E21: Conocimiento y aplicación de los principios fundamentales y técnicas básicas de los sistemas inteligentes y su aplicación práctica.
    • E24: Conocimiento de la normativa y la regulación de la informática en los ámbitos nacional, europeo e internacional.

    Las competencias de tecnología específica no cubiertas por las titulaciones de Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas y susceptibles de ser cubiertas en el curso de adaptación son las siguientes (Se mantiene el código original en la memoria de verificación del Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores):

    • E26: Capacidad de desarrollar procesadores específicos y sistemas empotrados, así como desarrollar y optimizar el software de dichos sistemas.
    • E27: Capacidad de analizar y evaluar arquitecturas de computadores, incluyendo plataformas paralelas y distribuidas, así como desarrollar y optimizar software de para las mismas.
    • E29: Capacidad de analizar, evaluar y seleccionar las plataformas hardware y software más adecuadas para el soporte de aplicaciones empotradas y de tiempo real.
    • E30: Capacidad para comprender, aplicar y gestionar la garantía y seguridad de los sistemas informáticos.
  • Que las competencias acordadas suponen un máximo, no un mínimo. Esto significa que del análisis realizado se concluye que este es el conjunto de todas las competencias que como máximo le puede faltar por desarrollar a un estudiante en cualquiera de las universidades andaluzas. Cada una debe elegir dentro de este máximo aquellas competencias que se deben desarrollar en los cursos de adaptación en función a las características concretas de sus planes de estudio particulares.

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