Reconocimiento de prácticas extracurriculares

Impreso: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Normativas:

Descripción:

  • El/la estudiante que esté realizando o vaya a realizar prácticas extracurriculares, no debe matricularse de la asignatura optativa "Prácticas Externas", salvo que lo necesite para cumplir con el mínimo de créditos establecido por las Normas de Matrícula que es de 30 o los que le reste para acabar la carrera, dado que la aplicación de automatrícula le impedirá la finalización de la matrícula.
  • Sólo en estos casos, tendrá derecho a la devolución de los precios públicos correspondientes a esta asignatura o un reajuste de los importes en los distintos plazos que estén pendientes de vencimiento, en caso de haber fraccionado el pago de la matrícula, lo cual aconsejamos para evitar que el/la estudiante tenga que esperar a la devolución por parte del Rectorado.
  • Las prácticas deben estar completamente finalizadas en el momento de solicitar el reconocimiento, salvo que se haya rescindido con anterioridad y se haya cubierto el número de horas mínimas para solicitar dicho reconocimiento (200 horas), que deberá justificarse con el correspondiente impreso de renuncia por parte del estudiante.

Documentación a presentar:

  • Memoria final del Estudiante y encuentra (cumplimentada en Ícaro).
  • Certificado acreditativo del Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo de la Universidad de Sevilla.

Plazo de presentación: En cualquier momento del curso académico

Resolución:

  • La solicitud de reconocimiento de prácticas extracurriculares será resuelta por la Sra. Directora del Centro, previo informe de la Comisión de Prácticas en Empresas e Instituciones del Centro, notificándose la resolución al/a la interesado/a por Sede Electrónica, recibiendo un aviso por medio de un sms y un mensaje al correo electrónico institucional (@alum.us.es).
  • El/la estudiante dispondrá de un plazo de 10 días naturales para recoger la notificación de resolución en la Sede Electrónica, en la que se indicará el plazo de pago de los precios públicos correspondientes, así como la forma de pago.
  • Transcurrido dicho plazo sin que el/la interesado/a haya accedido al contenido de la notificación, se entenderá como notificado, por lo que comenzará a contar el plazo de abono de los precios públicos correspondientes, de acuerdo con el art. 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El impago de los precios públicos se entenderá como una renuncia a los reconocimientos de créditos concedidos, quedando sin efecto, previa notificación.

Reconocimiento de Créditos a partir de experiencia laboral o profesional

Impreso en formato:
Forma de presentación:
Descripción:
Documento mediante el cual un estudiante solicita el reconocimiento de créditos optativos por experiencia laboral o profesional.
Normativa:
Acuerdo 4.3/CG 22-11-11, modificado por Acuerdo 7.3/CG 20-2-15 por la que se aprueba la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos en la Universidad de Sevilla.
Plazo de presentación:
En cualquier momento del curso académico.

De acuerdo con el Calendario Académico para el curso académico 2024-25 (Acuerdo 5.1 CG 26-04-24), las solicitudes de reconocimiento de créditos basadas en experiencia profesional, se podrán imputar al curso anterior, 2023/2024, siempre que la solicitud se presente antes del 9 de septiembre de 2024.

Plazo de Resolución:
Una vez entregada la documentación por el/la estudiante, la Dirección del Centro resolverá y le remitirá notificación, en el plazo legalmente establecido (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).

Contra las resoluciones de la Dirección del Centro se podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Reconocimiento de Créditos Optativos en Grado

Impreso en formato:
Forma de presentación:
Descripción:

Documento mediante el cual un estudiante solicita el reconocimiento de créditos optativos por participación en actividades universitarias, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

Estos reconocimientos no computan a efectos de superación de la optatividad obligatoria de mención, requerida en los planes de estudios de Grado en Ingeniería Informática-Tecnologías Informáticas y Grado en Ingeniería de la Salud.

Normativa:
Acuerdo 5.1/CG 22-7-10 por el que se aprueba la regulación del reconocimiento académico por participación en actividades universitarias, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
Plazo de presentación:
En cualquier momento del curso académico

De acuerdo con el Calendario Académico para el curso académico 2024-25 (Acuerdo 5.1 CG 26-04-24), las solicitudes de reconocimiento de créditos por participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, así como el reconocimiento por la acreditación de otros niveles de idioma, se podrán imputar al curso anterior, 2023/2024, siempre que la solicitud se presente antes del 9 de septiembre de 2024.

Documentación a entregar:
Certificación de la actividad realizada.
Plazo de Resolución:
Una vez entregada la documentación por el/la estudiante, la Dirección del Centro resolverá y le remitirá notificación, en el plazo legalmente establecido (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).

Contra las resoluciones de la Dirección del Centro se podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Adaptación de Planes de Estudio de Grado (desde titulaciones Planes 1997 a Grado equivalente)

Impreso de solicitud de adaptación. [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Procedimiento establecido para los estudiantes de este Centro que hayan comenzado estudios de Ingeniero en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, Diplomatura de Informática y Licenciatura de Informática (ordenaciones universitarias anteriores al R.D. 1393/2007, de 29 de octubre), que quieran acceder a las titulaciones de Grado que equivalen a éstas:

  • Ingeniero en Informática a Grado en Ingeniería Informática – Tecnologías Informáticas
  • I.T. Informática de Gestión a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software
  • I.T. Informática de Sistemas a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores
  • Diplomatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores
  • Diplomatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software
  • Licenciatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Tecnologías Informáticas

Las solicitudes de adaptación de planes de estudios de Grado se presentarán dentro del plazo ordinario de matrícula y serán resueltas por la Dirección del Centro, utilizando las tablas de adaptaciones aprobadas en las Memorias de Verificación de los títulos correspondientes, salvo las titulaciones de Diplomatura y Licenciatura de Informática que serán resueltas a propuesta de la Comisión de Adaptación y Reconocimientos de Créditos del Centro.

Tablas de adaptaciones.

Reconocimiento de créditos desde titulaciones de Planes de 1997 a Planes de Estudio de Grado no equivalentes

Impreso de solicitud de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Grado: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Procedimiento establecido para los estudiantes de este Centro que hubieran comenzado estudios de Ingeniero en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, y Diplomatura de Informática (ordenaciones universitarias anteriores al R.D. 1393/2007, de 29 de octubre), y quieran acceder a las titulaciones de Grado que no son equivalentes a éstas:

  • De Ingeniero en Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software
  • De Ingeniero en Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores
  • De I.T. Informática de Gestión a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores
  • De I.T. Informática de Gestión a Grado en Ingeniería Informática – Tecnologías Informáticas
  • De I.T. Informática de Sistemas a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software
  • De I.T. Informática de Sistemas a Grado en Ingeniería Informática – Tecnologías Informáticas
  • De Diplomatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Tecnologías Informáticas
  • De Licenciatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería del Software
  • De Licenciatura de Informática a Grado en Ingeniería Informática – Ingeniería de Computadores

Deberán primero solicitar la admisión a dicha titulación, estableciéndose dos vías, una por preinscripción y otra por solicitud de admisión por cambio de Universidad y/o estudios,  que pueden solicitarse de forma simultánea.

Normativa:

Acuerdo Comisión de Adaptación y Reconocimiento de la ETSII de fecha 30 de junio de 2010:

Aprobación de las tablas de reconocimientos de créditos, que serán de aplicación para alumnos que comenzaron estudios pertenecientes a los planes de estudio de 1997 de este Centro y accedan a planes de estudios de Grado que no son equivalentes a éstos.

Tablas de reconocimientos de créditos.

Plazo de presentación:

En el curso académico 2024-25, la presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos para asignaturas regladas, se realizará entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024. Aquellos estudiantes que realicen su matrícula con posterioridad al 9 de septiembre dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la formalización de su matrícula, para la presentación de la solicitud.

Reconocimiento de créditos desde titulaciones de otras Univ./Centros a Planes de Estudio de Grado de este Centro

Procedimiento establecido para los estudiantes de otras Universidades y/o Centros, que hayan comenzado estudios universitarios y quieran acceder a las titulaciones de Grado de este Centro.

Impreso de solicitud de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Grado: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos.

Documentación:

  • Certificación académica personal de los estudios realizados expedida por el Centro de origen, en la que se haga constar la denominación de las asignaturas superadas y la calificación obtenida en cada una de ellas, excepto para los estudiantes de la Universidad de Sevilla.
  • Programas de estudios, sellados por el Centro de origen, con sus contenidos académicos y su carga lectiva en créditos, donde conste la fecha de vigencia de los mismos.
  • El plan de estudios al que pertenecen y denominación del título. (Publicación en B.O.E.)

Cuando se aporten estudios extranjeros, la documentación debe estar expedida por las autoridades competentes para ello y deberá presentarse debidamente legalizada (salvo en el caso de Instituciones de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo) y, en su caso, traducida al castellano. En estos casos se deberá aportar también información del sistema universitario de calificaciones del país de origen o escala de calificaciones indicando obligatoriamente la nota mínima para aprobar y los puntos en que se basa la escala e intervalos de puntuación.

IMPORTANTE: El art. 10.3 del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, establece lo siguiente:

"En este procedimiento no podrán ser reconocidos los créditos que corresponden a trabajos de fin de Grado o de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad".

Plazo de presentación:

En el curso académico 2024-25, la presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos para asignaturas regladas, se realizará entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024. Aquellos estudiantes que realicen su matrícula con posterioridad al 9 de septiembre dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la formalización de su matrícula, para la presentación de la solicitud.

Reconocimiento de créditos entre titulaciones de Grado en Ingeniería Informática y Grado en Ingeniería de la Salud

Procedimiento establecido para los estudiantes de este Centro que hayan comenzado estudios de Grado en Ingeniería Informática y quieran acceder a la titulación de Grado en Ingeniería de la Salud o viceversa.

Impreso de solicitud de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Grado: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Normativa:

Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos.

Acuerdo Comisión de Adaptación y Reconocimiento de la ETSII de fecha 23 de octubre de 2018:

Se aprueban las tablas de reconocimientos de créditos entre las titulaciones de Grado en Ingeniería Informática y Grado en Ingeniería de la Salud.

Tablas de reconocimientos de créditos.

IMPORTANTE: El art. 10.3 del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, establece lo siguiente:

"En este procedimiento no podrán ser reconocidos los créditos que corresponden a trabajos de fin de Grado o de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad".

Plazo de presentación:

En el curso académico 2024-25, la presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos para asignaturas regladas, se realizará entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024. Aquellos estudiantes que realicen su matrícula con posterioridad al 9 de septiembre dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la formalización de su matrícula, para la presentación de la solicitud.

Reconocimiento de créditos entre Grados de este Centro

Procedimiento establecido para los estudiantes que desean cambiar de un Grado en Ingeniería Informática de este Centro a otro, igualmente, de este Centro.

Impreso de solicitud de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Grado: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Normativa:

Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos.

Acuerdo Comisión de Adaptación y Reconocimiento de la ETSII de fecha 24 de febrero de 2012:

Se acuerda conceder reconocimientos automáticos entre Grados de Ingeniería Informática de este Centro, en aquellos casos en que las asignaturas tengan igual denominación.

Acuerdo Comisión de Adaptación y Reconocimiento de la ETSII de fecha 21 de marzo de 2023:

Se acuerda conceder el reconocimiento automático de la asignatura "Arquitectura de Redes", correspondiente al plan de estudios de Grado en Ingeniería Informática-Tecnologías por las asignaturas "Arquitectura y Tecnología de Redes I" y "Arquitectura y Tecnología de Redes II", correspondientes al plan de estudios de Grado en Ingeniería Informática-Ingeniería de Computadores, no siendo susceptible el reconocimiento en sentido inverso.

IMPORTANTE: El art. 10.3 del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, estableciendo lo siguiente:

“En este procedimiento no podrán ser reconocidos los créditos que corresponden a trabajos de fin de Grado o de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad".

Plazo de presentación:

En el curso académico 2024-25, la presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos para asignaturas regladas, se realizará entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024. Aquellos estudiantes que realicen su matrícula con posterioridad al 9 de septiembre dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la formalización de su matrícula, para la presentación de la solicitud.

Reconocimiento de créditos

Forma de presentación: Registro electrónico

Normativa:

Reconocimientos:

 

Plazos de presentación: De acuerdo con la normativa, los plazos de presentación de solicitudes reconocimiento de créditos son:

  • Reconocimiento de créditos de asignaturas regladas: entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024.
  • Reconocimiento de créditos de CFGS: entre el 9 y el 23 de septiembre de 2024.
  • Reconocimiento de créditos por actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, etc., así como las de experiencia laboral, acreditación de otros niveles de idioma y reconocimiento de prácticas extracurriculares: Podrán presentarse en cualquier momento del curso académico.

Itinerario de matriculación ordenada

Artículo 4.4 de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado y Máster Universitario:

En los títulos de Grado, los estudiantes podrán matricularse en una asignatura siempre que lo hagan de todas las asignaturas de formación básica de cursos inferiores que no hubieren superado, entendiendo por asignaturas de formación básica lo dispuesto en el art. 14.4 del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre (B.O.E. nº 233, de 29 de septiembre).

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Juntas de Centro podrán acordar propuestas adicionales de itinerarios de matriculación ordenada en diversas materias o asignaturas de los planes de estudio de los títulos de Grado adscritos al Centro.

Acuerdos de Junta de Centro de la E.T.S. Ingeniería Informática:

  1. En los títulos de Grado: los estudiantes podrán matricularse de una asignatura de tercer o cuarto curso siempre que lo hagan de todas las asignaturas de primer y segundo curso que no hubieren superado (ACUERDO 6/JC 14-07-11).

  2. En cada uno de los tres Grados en Ingeniería Informática: los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Introducción a la Ingeniería del Software y los Sistemas de Información II” de segundo curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Introducción a la Ingeniería del Software y los Sistemas de Información I” del mismo curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

  3. En el Grado en Ingeniería Informática-Ingeniería de Computadores:
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Sistemas Empotrados y de Tiempo Real II” de cuarto curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Sistemas Empotrados y de Tiempo Real I” de tercer curso,caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 6/JC 14-07-11).
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Arquitectura y Tecnologías de Redes II” de tercer curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Arquitectura y Tecnologías de Redes I” del mismo curso,caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

  4. En el Grado en Ingeniería Informática-Ingeniería del Software:
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Ingeniería del Software y Práctica Profesional” de cuarto curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Diseño y Pruebas II” de tercer curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Diseño y Pruebas II” de tercer curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Diseño y Pruebas I” del mismo curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

NOTA: Téngase en cuenta que los requisitos anteriores se refieren a estar matriculado de asignatura/s previa/s y en ningún caso exigen que estén superada/s.

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