Itinerario de matriculación ordenada

Artículo 4.4 de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado y Máster Universitario:

En los títulos de Grado, los estudiantes podrán matricularse en una asignatura siempre que lo hagan de todas las asignaturas de formación básica de cursos inferiores que no hubieren superado, entendiendo por asignaturas de formación básica lo dispuesto en el art. 14.4 del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre (B.O.E. nº 233, de 29 de septiembre).

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Juntas de Centro podrán acordar propuestas adicionales de itinerarios de matriculación ordenada en diversas materias o asignaturas de los planes de estudio de los títulos de Grado adscritos al Centro.

Acuerdos de Junta de Centro de la E.T.S. Ingeniería Informática:

  1. En los títulos de Grado: los estudiantes podrán matricularse de una asignatura de tercer o cuarto curso siempre que lo hagan de todas las asignaturas de primer y segundo curso que no hubieren superado (ACUERDO 6/JC 14-07-11).

  2. En cada uno de los tres Grados en Ingeniería Informática: los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Introducción a la Ingeniería del Software y los Sistemas de Información II” de segundo curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Introducción a la Ingeniería del Software y los Sistemas de Información I” del mismo curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

  3. En el Grado en Ingeniería Informática-Ingeniería de Computadores:
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Sistemas Empotrados y de Tiempo Real II” de cuarto curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Sistemas Empotrados y de Tiempo Real I” de tercer curso,caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 6/JC 14-07-11).
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Arquitectura y Tecnologías de Redes II” de tercer curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Arquitectura y Tecnologías de Redes I” del mismo curso,caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

  4. En el Grado en Ingeniería Informática-Ingeniería del Software:
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Ingeniería del Software y Práctica Profesional” de cuarto curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Diseño y Pruebas II” de tercer curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).
    • Los estudiantes podrán matricularse en la asignatura “Diseño y Pruebas II” de tercer curso, siempre que se matriculen de la asignatura “Diseño y Pruebas I” del mismo curso, caso de que no la hubieren superado (ACUERDO 8/JC 07-02-19).

NOTA: Téngase en cuenta que los requisitos anteriores se refieren a estar matriculado de asignatura/s previa/s y en ningún caso exigen que estén superada/s.

Ampliación de Matrícula

 

* Plazo automatrícula curso 2025-26: 12 al 30 de enero de 2026

* Prórroga plazo automatrícula curso 2025-26 (exclusivamente para los TFE):

Titulaciones de Grado: Hasta el 18 de febrero de 2026, inclusive

Títulaciones de Máster Univ.: Hasta el 6 de marzo, inclusive

 

Art. 8 de las Normas de Matrícula.

  1. Los estudiantes podrán efectuar la ampliación de su matrícula si esta ha sido previamente formalizada en el periodo ordinario y cuando no incida sobre la organización académica de las enseñanzas ni suponga un aumento en el número de grupos autorizados para las asignaturas implicadas. La ampliación podrá llevarse a cabo respecto de asignaturas anuales y del segundo cuatrimestre y únicamente generarán el derecho a la prestación de los servicios docentes posteriores al momento de su formalización.

    Entre los créditos matriculados en periodo ordinario y los matriculados durante la ampliación no se podrán superar los límites máximos de matrícula establecidos en el artículo 4 de estas normas, una vez detraídos los créditos superados en la tercera convocatoria ordinaria.

  2. La ampliación de matrícula y su modificación en su caso, se llevará a cabo, con carácter general, a través de automatrícula del 12 al 30 de enero de 2026.

    Con carácter previo a la apertura del plazo, los Centros deberán hacer públicas las posibles limitaciones derivadas de la organización académica de las enseñanzas.

    El plazo general de ampliación se prorrogará para los trabajos fin de estudio hasta el 18 de febrero de 2026 para las titulaciones de grado y hasta el 6 de marzo de 2026 para las titulaciones de máster universitario, salvo para aquellos centros que no lo autoricen. Estos últimos deberán comunicarlo al Vicerrectorado de Estudiantes antes del 28 de noviembre de 2025.

  3. Las matrículas formalizadas como resultado de una solicitud de ampliación deberán ser liquidadas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo de ampliación de matrícula por la totalidad de los precios públicos correspondientes, en un solo plazo por recibo bancario o domiciliación. En caso de matrícula en centros propios también será posible el pago mediante tarjeta bancaria.

  4. En ningún caso la ampliación de matrícula obligará a la modificación de la programación académica de la asignatura o asignaturas de que se trate.

  5. En el acto de ampliación de matrícula serán de aplicación las reducciones de precios públicos previstas en el artículo 28 de estas normas siempre que se haya acreditado el derecho a la deducción o reducción de precios en el periodo ordinario, o bien, podrán aplicarse nuevas deducciones en el período de ampliación acreditadas conforme establece el citado artículo.

  6. La falta de pago de la ampliación de matrícula determinará la anulación de la ampliación.

  7. Con carácter general, la anulación de la matrícula ordinaria determinará también la anulación de la ampliación de matrícula, en su caso.

 

Art. 11.6 de las Normas de Matrícula.

El plazo para solicitar la anulación de la matrícula formalizada en el periodo general de ampliación será del 2 al 6 de febrero de 2026. La concesión de la anulación de la ampliación de matrícula supondrá la devolución del importe de los precios públicos abonados por servicios académicos, en su caso, y la matrícula no se contabilizará a efectos de aplicación de recargos, en cursos posteriores.

Matrícula Trabajo fin de Grado

Todos los estudiantes que vayan a formalizar matrícula del “Trabajo fin de Grado” para el curso académico 2025-26, deben elegir obligatoriamente grupo, correspondiente al Departamento con el que vayan a realizarlo, dentro del plazo de matrícula ordinaria (Del 9 al 31 de julio de 2025 y del 1 al 5 de septiembre de 2025).

En todo caso, sólo se concederán cambios de Departamentos hasta la apertura por parte del Rectorado de la 3ª convocatoria del curso académico 2025-26, una vez transcurrida dicha convocatoria (28 de noviembre de 2025) y hasta la apertura de actas de la 1ª convocatoria (aproximadamente a final de abril de 2025). Por tanto, no se concederán cambios de Departamentos mientras esté abierta una convocatoria oficial, debiendo el estudiante esperar a que transcurra la fecha de entrega de actas de la convocatoria en cuestión (ver fechas de entrega de actas en el Calendario Académico 2025-26).

Impreso en formato:
[PDF] [DOCX]
Forma de presentación:
Responsables TfG por Dptos:
[PDF]
Plazo de Resolución:

Una vez recibida la solicitud en Secretaría, la Dirección del Centro resolverá y remitirá la correspondiente notificación a través de la Sede Electrónica de la Universidad, en el plazo legalmente establecido (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).

La notificación se entenderá realizada transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición al estudiante, con independencia de que éste acceda o no a su contenido, de acuerdo con lo establecido en el art. 63.6 del Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla.

Contra la resolución adoptada, el estudiante podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, según se dispone en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la aplicación “Interposición de recursos administrativos”, incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla.

Solicitud cambio de Departamento TfG

Aquellos estudiantes que no hayan formalizado matrícula en el grupo correspondiente al Departamento con el que va a realizar el TfG, deberán solicitar el cambio de Departamento.

Sólo se concederá dicho cambio hasta la apertura por parte del Rectorado de la 3ª convocatoria del curso académico 2025-26, una vez transcurrida dicha convocatoria (28 de noviembre de 2025) y hasta la apertura de actas de la 1ª convocatoria (aproximadamente a final de abril de 2025).

No se concederán cambios de Departamentos mientras esté abierta una convocatoria oficial, debiendo el estudiante esperar a que transcurra la fecha de entrega de actas de la convocatoria en cuestión (ver fechas de entrega de actas en el Calendario Académico 2025-26).

Impreso en formato:
[PDF] [DOCX]
Forma de presentación:
Grupos TfG por Dptos. y responsables:
[PDF]
 
Plazo de Resolución:
Una vez recibida la solicitud en Secretaría, la Dirección del Centro resolverá y remitirá la correspondiente notificación a través de la Sede Electrónica de la Universidad, en el plazo legalmente establecido (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).

La notificación se entenderá realizada transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición al estudiante, con independencia de que éste acceda o no a su contenido, de acuerdo con lo establecido en el art. 63.6 del Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla.

Contra la resolución adoptada, el estudiante podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, según se dispone en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la aplicación “Interposición de recursos administrativos”, incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla.

Procedimiento y Plazos de Matrícula Estudiantes que continúen Estudios

Calendario de Matriculación Grados Curso 2025-26

Matrícula por Secretaría:
Del 9 al 31 de julio y del 1 al 5 de septiembre de 2025
(sólo aquellos colectivos excluidos de automatrícula según instrucciones)
Automatrícula
Según procedimiento de acceso escalonado por méritos académicos.
 

Acceso Escalonado por méritos académicos a la automatrícula 2025-26.

Claves y acceso automatrícula 2024-25.

 

Calendario de Matriculación Másteres Univ. Curso 2025-26

Automatrícula:
Del 9 al 31 de julio y del 1 al 5 de septiembre de 2025.

Plazos Preinscripción y Matrícula Nuevo Ingreso

 

Preinscripción

La presentación de solicitudes de preinscripción curso 2025-2026 se realizará vía internet (www.us.es) dentro del plazo establecido por la comisión de Distrito Único Andaluz.

Matrícula

Los estudiantes que obtengan plaza a través de preinscripción en los centros de la Universidad de Sevilla (salvo Centros Adscritos sin acceso a la aplicación de Automatrícula), deberán realizar su matrícula vía internet (automatrícula) dentro de los plazos que establezca la comisión de Distrito Único Andaluz.

Documentación

El estudiante deberá aportar obligatoriamente la documentación en el plazo que corresponda en su caso, a través del Buzón de Documentación (DOMUS), habilitado en SEVIUS, al que se accede en el siguiente enlace DOMUS.

 

Calendario de Preinscripción y Matriculación curso 2025-26

Procedimiento acceso escalonado Grados Universitarios

Instrucciones para la consulta de las calificaciones de acceso escalonado a la automatrícula de los estudiantes que continúan estudios en Grados Universitarios para el curso 2025-26.

Matrícula

Impresos de Planes de Estudios
Impresos con las asignaturas.
Documentación matrícula para DOMUS
Acceso Automatrícula 2025-26 
Acceso automatrícula para el curso 2025-26.
Anuncio Automatrícula 2025-26
Procedimiento acceso escalonado Grados Universitarios
Instrucciones para la consulta de las calificaciones de acceso escalonado a la automatrícula de los estudiantes que continúan estudios en Grados Universitarios para el curso 2025-26.
Plazos Preinscripción y Matrícula Estudiantes de Nuevo Ingreso por Preinscripción
Calendario de Matriculación para el curso 2025-26.
Procedimiento y Plazos de Matrícula Estudiantes que continúen Estudios
Calendario y Procedimiento de Matriculación para estudiantes que continúen estudios en el curso 2025-26.
Matrícula presencial
Matrícula Trabajo fin de Grado
Instrucciones para la formalización de la matrícula del "Trabajo fin de Grado" para el curso académico 2025-26.
Matrícula alumnos visitantes
Normas e instrucciones de matrícula curso 2025-26
Una vez formalizada la automatrícula, el estudiante deberá aportar obligatoriamente la documentación en el plazo que corresponda, en su caso, a través del Buzón de Documentación (DOMUS), habilitado en SEVIUS, al que se accede en el siguiente enlace DOMUS
Manual automatrícula (MATRUX) 2024-25
Ampliación de Matrícula
Información relacionada con la ampliación de matrícula para el curso 2025-26.
Itinerario matriculación ordenada
Itinerario de matriculación ordenada en planes de estudios de Grado en Ingeniería Informática.
Plazos Preinscripción y Matrícula Itinerarios Curriculares Concretos (Curso de Adaptación)
Procedimiento de acceso, matrícula y desarrollo de las enseñanzas para personas que estando en posesión del título de Ingeniero Técnico en Informática o Diplomado en Informática, deseen obtener el correspondiente título de Grado en el curso académico 2025-26.

Normativas y Guías

Documentación relativa a normativas y guías:

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